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Requisitos de acceso

El ingreso en la Asociación podrá ser solicitado por cualquier persona física que tenga interés en el desarrollo de los fines de la Asociación, mediante escrito dirigido a la asociación o por el formulario de asociación.

  • Personas físicas nacidas en Navarra o con residencia y actividad profesional justificada en Navarra con capacidad de obrar;

  • Ser mayor de edad. En el caso de menores de 18 años, podrán adquirir la condición de Asociada o Asociado, contando con el consentimiento de los padres o tutores, y asistir a las Asambleas con voz pero sin voto. En ningún caso podrán ser elegidos miembros de la Junta Directiva.;

  • Pertenecer al sector del cine y cumplir los requisitos específicos según los tipos de socia o socio.

  • A proposición de miembros de la asociación la Junta Directiva podrá valorar la admisión de otros profesionales y/o entidades no contemplados en estos estatutos, aunque será la asamblea general a quien corresponda decisión.

Socias y socios

Acreditar experiencia en el sector cinematográfico habiendo participado al menos en una obra y aparecer en créditos o acreditar experiencia minima de un año a través de la plataforma Imdb.

Alternativamente, haber sido nominada o nominado por alguna persona asociada.

Excepcionalmente, la persona profesional que desarrolle una actividad dentro del sector cinematográfico, no descrita en el punto 1 pero que, a juicio de la Junta Directiva, sea merecedora de serlo: se incluyen en este supuesto personas gestoras institucionales, profesionales de la programación, de la crítica o docentes universitarios, así como instituciones públicas relacionadas con el sector cinematográfico, entre otros. Se requerirá la aprobación de la Junta Directiva, por mayoría simple.

• Son los miembros pleno derecho.

Tendrán voz y voto en la Asamblea.

Podrán ser elegidos/as para formar parte de la Junta.

Derechos recogidos en los Estatutos:

A participar en cuantas actividades sociales organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.

A ser electores y elegibles para los cargos directivos, y por tanto ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General.

A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.

A poseer un ejemplar de estos Estatutos y recibir información de los Acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.

A hacer uso de la insignia o emblema que la Asociación cree como distintivo de sus socios.

A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.

A recurrir a la Junta Directiva cuando estimen que sus derechos han sido vulnerados, sin perjuicio de la impugnación de acuerdos que puedan formular.

• La cuota de pertenencia a la asociación para las socias y socios es de 50 euros/anuales que se girarán por la cuenta bancaria indicada por la interesada o el interesado en un pago único cada ejercicio.

1. Cumplimentar el formulario de inscripción.

2. Realizar el pago de los derechos o cuota de entrada establecidos.

3. Adjuntar documentación requerida (DNI, ficha de inscripción cumplimentada y justificante de pago de cuota de ingreso)

4. Una vez revisada la documentación se comunicará a la interesada o al interesado el alta en la asociación o bien se le requerirá para que complete la documentación si es necesario.

Asociadas y asociados

Cumplir los requisitos generales (edad, residencia y pertenencia al sector -estudiantes incluidos-) si no se cumplen los requisitos profesionales.

 Una vez que se cumplan los requisitos  profesionales (Acreditar experiencia en el sector cinematográfico habiendo participado al menos en una obra y aparecer en créditos o acreditar experiencia minima de un año a través de la plataforma Imdb) podrán solicitar a la junta directiva, presentando la documentación que se les requiera, la valoración de cambio de categoría para pasar a ser miembros asociados con voz y voto.

• Son los miembros en transición a socias o socios.

Tendrán voz en la Asamblea.

No podrán ser elegidos para formar parte de la Junta Directiva.

• La cuota de pertenencia a la asociación para las asociadas y asociados es de 20 euros/anuales que se girarán por la cuenta bancaria indicada por la interesada o el interesado en un pago único cada ejercicio.

1. Cumplimentar el formulario de inscripción.

2. Realizar el pago de los derechos o cuota de entrada establecidos.

3. Adjuntar documentación requerida (DNI, ficha de inscripción cumplimentada y justificante de pago de cuota de ingreso)

4. Una vez revisada la documentación se comunicará a la interesada o al interesado el alta en la asociación o bien se le requerirá para que complete la documentación si es necesario.

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